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Modelo 115 retenciones alquiler

Autoliquidación trimestral de las retenciones del IRPF que aplicas cuando alquilas un local de negocio a su propietario. Tipo único del 19 % sobre el importe del alquiler sin IVA.

Alquileres con retención

Datos de los alquileres de locales de negocio que tú PAGAS al arrendador (no aplica a vivienda habitual). Tipo único de retención: 19 %.

Cuántas personas o empresas distintas te alquilan locales con retención.

Suma de los alquileres del trimestre, SIN IVA.

Otros

Si en un trimestre anterior te salió negativo, indícalo aquí.

¿Qué es el Modelo 115?

El modelo 115 es la declaración trimestral con la que ingresas a Hacienda las retenciones del IRPF que has practicado al arrendador de un inmueble urbano (oficina, local, despacho, nave) cuyo uso sea distinto al de vivienda habitual. El tipo es del 19 % sobre el importe del alquiler (sin IVA).

¿Quién está obligado?

  • Autónomos y empresas que alquilen un local de negocio y paguen al arrendador con retención.
  • Comunidades de propietarios y otras entidades que paguen rentas por arrendamiento de inmuebles urbanos.
  • NO se retiene (y por tanto NO se presenta el 115) en estos casos:
    • Alquiler de vivienda habitual.
    • Si el arrendador acredita estar dado de alta en epígrafe del IAE de alquileres con cuota > 0 (presenta certificado).
    • Si el alquiler anual con un mismo arrendador no supera 900 €.
    • Arrendamiento financiero (leasing).

Plazos de presentación

  • 1T (enero-marzo): del 1 al 20 de abril.
  • 2T (abril-junio): del 1 al 20 de julio.
  • 3T (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre.
  • 4T (octubre-diciembre): del 1 al 20 de enero del año siguiente.

Si domicilias, plazo termina 5 días antes. El resumen anual del 115 se presenta junto al 4T mediante el modelo 180.

¿Cómo se calcula?

  1. Suma todos los alquileres pagados sin IVA a tus arrendadores en el trimestre.
  2. Aplica el 19 % sobre esa suma → es lo que tienes que ingresar a Hacienda.
  3. Si tenías un saldo negativo de un trimestre anterior, lo restas en la casilla 04.
  4. El resultado (casilla 05) es lo que ingresas.

Ejemplo práctico

Pagas 600 € al mes + 21 % IVA por una oficina. En el 1T pagaste 3 mensualidades:

  • Base mensual: 600 €
  • Base trimestral (sin IVA): 600 × 3 = 1.800 € (casilla 02)
  • Retención 19 %: 342 € (casilla 03)
  • Resultado a ingresar: 342 €

En la factura de tu arrendador verás: 600 € base + 126 € IVA − 114 € retención (19 % de 600) = neto 612 €. Tú pagas esos 612 € al arrendador y los 114 € de retención por mes (342 € al trimestre) a Hacienda con el modelo 115.

¿Qué pasa si no presento el 115?

Si no ingresas las retenciones que has practicado, sanción del 50 %-150 % de la cantidad no ingresada (mínimo 200 €). Si presentas fuera de plazo voluntariamente, recargo del 1 % por mes hasta el 12 % (a los 12 meses), pasados 12 meses recargo del 15 % + intereses.

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