Calculadora gratuita
Modelo 130 IRPF trimestral
Pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa. Rellena los campos y la calculadora aplica la fórmula oficial del RD 439/2007 art. 110 al instante.
Datos del trimestre
Suma de tus facturas emitidas en estos 3 meses, sin IVA.
Cuota autónomos, suministros, material, asesoría… todo justificable.
Otros
Si tus clientes te retuvieron 7%/15% IRPF, suma esas retenciones.
¿Qué es el Modelo 130?
El modelo 130 es la declaración trimestral del pago fraccionado del IRPF que tienen que presentar los autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Sirve para que Hacienda cobre por adelantado el impuesto sobre tus beneficios, en lugar de esperar a la declaración anual.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 130?
- Autónomos en estimación directa con actividad empresarial o profesional.
- NO están obligados los autónomos cuya facturación al año anterior con retención (15%/7%) supere el 70% de los ingresos.
- NO presentan modelo 130 los autónomos en módulos (ellos presentan modelo 131).
Plazos de presentación
- 1T (enero-marzo): del 1 al 20 de abril.
- 2T (abril-junio): del 1 al 20 de julio.
- 3T (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre.
- 4T (octubre-diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente.
Si el día 20 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Si vas a domiciliar el pago, el plazo termina 5 días antes.
¿Cómo se calcula el Modelo 130?
El cálculo es acumulativo dentro del ejercicio: cada trimestre sumas los ingresos y gastos de todos los trimestres ya transcurridos del año.
- Rendimiento neto acumulado = ingresos acumulados − gastos deducibles acumulados.
- 20% del rendimiento neto (casilla 07).
- Restas: pagos fraccionados anteriores + retenciones soportadas + negativos arrastrados + reducción base baja (100€/trimestre si rendimientos < 12.000€).
- Si el resultado es positivo, ingresas. Si es negativo, lo arrastras al siguiente trimestre.
¿Qué gastos puedo deducir?
Cualquier gasto relacionado con la actividad, justificado con factura y registrado contablemente: cuota autónomos, suministros del local, material, software, asesoría, marketing, formación, vehículo (parcial), etc.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 130?
Hacienda sanciona con 50%-150% de la cantidad no ingresada, con un mínimo de 200€. Si presentas fuera de plazo voluntariamente (sin requerimiento previo), el recargo es solo del 1% por mes con un máximo del 12%.