Comprobador anual

Modelo 347 operaciones con terceros

Declaración informativa anual de operaciones con clientes y proveedores cuyo total agregado supere los 3.005,06 € (IVA incluido). Añade tus contrapartes con los importes trimestrales y esta herramienta te marca cuáles tienes que incluir en el modelo.

Añade tus clientes y proveedores con los importes IVA incluido desglosados por trimestre. La herramienta marca cuáles superan los 3005,06 € anuales y te indica cuál clave usar en el modelo oficial.
01

Importes por trimestre · IVA incluido

Total anual0,00 €

Resumen anual · Ejercicio 2025

A declarar

0

de 1 totales

Volumen total

0,00 €

Umbral

3005,06 €

por contraparte / año

¿Qué es el Modelo 347?

El modelo 347 es una declaración informativa anual en la que empresas y autónomos comunican a Hacienda las operaciones con cada proveedor o cliente cuyo importe total durante el año supere los 3.005,06 € (IVA incluido). Sirve a Hacienda para cruzar información y detectar incoherencias entre lo que tú declaras y lo que declaran tus contrapartes.

¿Quién está obligado a presentar el 347?

  • Autónomos y empresas que realicen operaciones con un mismo tercero por valor superior a 3.005,06 €/año.
  • Comunidades de propietarios para operaciones > 3.005,06 € con cada proveedor.
  • NO presentan el 347 los autónomos en el SII (Suministro Inmediato de Información), ya que sus datos los recibe Hacienda en tiempo real.
  • Tampoco operaciones intracomunitarias (modelo 349), importaciones/exportaciones, ni operaciones con particulares pagadas con tarjeta.

Plazo de presentación

El modelo 347 se presenta durante el mes de febrero del año siguiente al ejercicio declarado. Por ejemplo, las operaciones de 2025 se declaran en febrero de 2026.

¿Cómo se calcula el umbral?

  1. Suma todas las operaciones con la misma contraparte (mismo NIF) durante el año natural.
  2. Si tienes con esa contraparte tanto compras como ventas, se declaran por separado: una entrada como cliente (clave B) y otra como proveedor (clave A).
  3. Si el total agregado de cada relación supera 3.005,06 € → tienes que declarar.
  4. Hay que desglosar por trimestre el importe anual.

Claves A y B explicadas

  • Clave A — Adquisiciones de bienes y servicios: cuando el otro es tu PROVEEDOR (te emite factura).
  • Clave B — Entregas de bienes y servicios: cuando el otro es tu CLIENTE (le emites factura).
  • Hay otras claves (C: cobros en efectivo, D: adquisiciones de viviendas, etc.) usadas en casos específicos.

¿Y si me equivoco u olvido alguna operación?

Puedes presentar una declaración complementaria (operaciones adicionales) o sustitutiva (anula y reemplaza la anterior). Si no presentas el 347 estando obligado, sanción de 20 €/dato omitido con un mínimo de 300 € y máximo 20.000 €. Si presentas fuera de plazo voluntariamente, la sanción se reduce al 50 %.

nol3m no es asesoría fiscal. Comprobador orientativo. Verifica con un profesional.