Guías · 28 de abril de 2026 · 8 min
Modelo 130 paso a paso 2026: guía completa con calculadora
Cómo presentar el Modelo 130 del IRPF sin equivocarte. Casillas, plazos, ejemplo real y errores frecuentes. Actualizado para 2026.
El Modelo 130 es uno de los formularios trimestrales que más quebraderos de cabeza dan al autónomo medio. Se presenta cada 3 meses, adelanta IRPF a Hacienda y, como el resultado depende de los acumulados del año, una casilla mal puesta arrastra error hasta diciembre. En esta guía vas a ver, paso a paso y con un ejemplo real de 2026, cómo rellenarlo sin volverte loco.
1. ¿Tienes que presentar el 130?
Sí, si eres autónomo en estimación directa (normal o simplificada) con actividad empresarial o profesional. Hay una excepción importante: si tu actividad es profesional (un abogado, diseñador, consultor…) y más del 70 % de tus ingresos del año anterior llevaron retención (típicamente 15 % o 7 %), NO presentas modelo 130. Esa retención ya cumple la función de adelantar el IRPF.
Si estás en módulos (estimación objetiva), tu modelo es el 131 — distinto cálculo, mismas fechas.
2. Plazos para 2026
- 1T 2026 (enero, febrero, marzo): del 1 al 20 de abril.
- 2T 2026 (abril, mayo, junio): del 1 al 20 de julio.
- 3T 2026 (julio, agosto, septiembre): del 1 al 20 de octubre.
- 4T 2026 (octubre, noviembre, diciembre): del 1 al 30 de enero de 2027.
Si domicilias el pago con cargo a tu cuenta, el plazo termina 5 días antes (día 15 en lugar del 20). Si la fecha cae en sábado, domingo o festivo nacional, se extiende al siguiente hábil.
3. Las 13 casillas explicadas
El modelo es engañosamente corto. Solo tiene 13 casillas, pero hay que entender qué significa cada una porque el cálculo es acumulativo dentro del año: cada trimestre arrastra los anteriores.
- 01 — Ingresos del trimestre: suma de las facturas que has emitido en estos 3 meses, sin IVA.
- 02 — Gastos deducibles del trimestre: cuota de autónomos, suministros del local, software, asesoría, materiales, formación, parte deducible del coche… todo lo justificable con factura.
- 03 — Rendimiento neto del trimestre: 01 − 02. Es el beneficio del trimestre.
- 04 — Ingresos acumulados anteriores: suma de los ingresos de trimestres ya pasados de este año (en 1T es 0).
- 05 — Gastos acumulados anteriores: igual con los gastos.
- 06 — Rendimiento neto acumulado: (01+04) − (02+05). El beneficio de TODO el año hasta ahora.
- 07 — 20 % del rendimiento neto acumulado: si la 06 es positiva, multiplicas por 0,20. Si es negativa, casilla 07 = 0.
- 08 — Pagos fraccionados anteriores: lo que ya has ingresado en 1T, 2T, 3T anteriores.
- 09 — Retenciones soportadas: si algún cliente te ha retenido IRPF (línea «-15 %» o «-7 %»), suma esas retenciones.
- 10 — Resultados negativos anteriores: si en un trimestre anterior te salió negativo, ese importe va aquí.
- 11 — Reducción base baja: si tus rendimientos anuales serán inferiores a 12.000 €, puedes restar 100 € por trimestre (art. 110.3.c LIRPF).
- 12 — Diferencia: 07 − 08 − 09 − 10 − 11.
- 13 — Resultado a ingresar: si 12 es positiva, lo que pagas. Si es negativa, NO pagas y arrastras al trimestre siguiente.
4. Ejemplo real — 2T 2026
Eres diseñador autónomo en estimación directa simplificada. En 2026:
- 1T 2026: ingresos 8.000 €, gastos 2.500 €. Resultado de aquel modelo 130: 1.100 € a ingresar (20 % de 5.500).
- 2T 2026: ingresos 7.500 €, gastos 2.800 €.
- Tus clientes te han retenido en este trimestre 600 € de IRPF.
Casillas del 2T:
- 01 = 7.500
- 02 = 2.800
- 03 = 4.700
- 04 = 8.000 (acumulado del 1T)
- 05 = 2.500 (acumulado del 1T)
- 06 = (7.500+8.000) − (2.800+2.500) = 10.200
- 07 = 20 % de 10.200 = 2.040
- 08 = 1.100 (lo que pagaste en el 1T)
- 09 = 600 (las retenciones de este trimestre)
- 12 = 2.040 − 1.100 − 600 = 340
- 13 = 340 € a ingresar
5. Errores más frecuentes
- Olvidar las retenciones soportadas (casilla 09). Si tus clientes te retienen 15 %, esa cantidad la cobra Hacienda directamente — no tienes que ingresarla otra vez. Si la olvidas, pagas dos veces el mismo IRPF (recuperable, pero pesado).
- Incluir el IVA en los ingresos. La casilla 01 va siempre SIN IVA. Solo el rendimiento bruto.
- Acumular mal. Las casillas 04 y 05 son la SUMA de los trimestres ya pasados, no el último. En 3T son 1T+2T, no solo 2T.
- Aplicar la reducción base baja sin cumplir. Solo si estimas que tus rendimientos anuales serán < 12.000 €. Si te pasas, luego en la renta lo arregla, pero te genera diferencia.
6. ¿Qué pasa si no lo presentas o pagas tarde?
Si Hacienda te requiere y no has presentado, sanción del 50 % al 150 % de la cantidad no ingresada (mínimo 200 €). Si te das cuenta tú y presentas voluntariamente fuera de plazo (sin requerimiento previo), el recargo es solo del 1 % por mes hasta el 12 % a los 12 meses. Pasados 12 meses: 15 % + intereses de demora. Ojo, si pides aplazamiento del pago, no te penalizan extra.
7. ¿Cómo lo presento?
Solo telemáticamente desde la sede electrónica de la AEAT. Necesitas certificado digital o Cl@ve PIN. Si pagas con domiciliación, eliges la fecha de cargo dentro del plazo. Si te sale negativo, simplemente lo presentas sin pago.
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